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Ganancias 2025: ARCA extendió hasta el 30 de octubre el plazo para presentar la declaración jurada

Foto del escritor: Diario Libre
Diario Libre
8 oct
2 min de lectura

El organismo estableció una nueva prórroga para personas humanas y sucesiones indivisas. Es la cuarta extensión del vencimiento y no modifica la fecha correspondiente al pago del saldo del impuesto.



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.


A través de la Resolución General 5911/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció que los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de octubre de 2026 para cumplir con la presentación.


La nueva prórroga alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto aquellas comprendidas en el régimen general como en el régimen simplificado.


Desde ARCA señalaron que la decisión responde a razones de administración tributaria y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.


Es la cuarta prórroga


La extensión del vencimiento constituye la cuarta modificación del plazo original establecido para la presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025.


El calendario había sido prorrogado inicialmente hasta el 27 de julio de 2026. Posteriormente, el organismo extendió el plazo hasta el 22 de septiembre, luego hasta el 13 de octubre y finalmente estableció el nuevo vencimiento del 30 de octubre.


Según la resolución, la nueva postergación también está vinculada con los cambios introducidos por la denominada Ley de Inocencia Fiscal II, cuyas disposiciones tienen incidencia en la liquidación del impuesto correspondiente al período fiscal 2025.


El pago del impuesto no se modifica


La nueva prórroga modifica únicamente el plazo para presentar la declaración jurada y no altera el vencimiento correspondiente al pago del saldo del impuesto.


De esta manera, se mantiene la diferencia entre ambas obligaciones que ya se había establecido con las anteriores extensiones.


El cronograma queda de la siguiente manera:

  • Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: hasta el 30 de octubre de 2026.

  • Pago del saldo resultante: se mantiene el vencimiento establecido para el 27 de julio de 2026.


Por lo tanto, quienes todavía tengan pendiente la presentación deberán tener en cuenta que la nueva prórroga no implica una modificación de las obligaciones de pago ya vencidas.


Sin nueva prórroga para el primer anticipo de Ganancias 2026


ARCA también resolvió no extender nuevamente el plazo correspondiente al primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026.


Ese vencimiento había sido postergado previamente hasta fines de agosto y finalmente operó el 24 de septiembre de 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas.


Con la nueva resolución, el organismo mantiene ese calendario y concentra la nueva extensión exclusivamente en la presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.

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