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ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada

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    Diario Libre
  • hace 4 días
  • 2 min de lectura

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias y extendió hasta el 22 de septiembre de 2026 el plazo para presentar la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.



La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5890/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.


Qué cambia con la nueva prórroga


El nuevo vencimiento reemplaza al establecido anteriormente para el 27 de agosto. De esta manera, los contribuyentes dispondrán de casi un mes adicional para completar la presentación.


Sin embargo, existe una diferencia importante: la prórroga no modifica el vencimiento del pago del saldo correspondiente a 2025, que permaneció establecido para el 27 de julio de 2026.


ARCA explicó que la decisión responde a razones de administración tributaria y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.


Se trata de la tercera modificación del cronograma. Inicialmente, la presentación y el pago habían sido prorrogados hasta el 27 de julio. Luego, solamente la declaración jurada pasó al 27 de agosto y ahora fue extendida nuevamente hasta el 22 de septiembre.


También se modifica el primer anticipo de 2026


La resolución también establece un nuevo plazo para el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.


El vencimiento, que había sido trasladado previamente a septiembre según la terminación del CUIT, ahora podrá cumplirse hasta el 24 de septiembre de 2026.


De esta manera, las fechas principales quedan:

  • 22 de septiembre: vencimiento para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025.

  • 24 de septiembre: vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026.


Bienes Personales mantiene sus fechas


En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales, la nueva resolución no introduce modificaciones.


La presentación y el eventual pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 mantienen como fecha límite el 27 de julio de 2026.

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